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Con fecha 23 de junio de 2022, la provincia de Misiones aprobó la Ley XVI-150, por la cual se crea el Sistema de Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas.
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Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
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Con fecha 23 de
junio de 2022, la provincia de Misiones aprobó la Ley XVI-150, por la
cual se
crea el Sistema de Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas con el
fin de
conservar el ambiente y lograr la mejor calidad de vida de la población
para
alcanzar el desarrollo sostenible de la Provincia. Comprende a las
cuencas,
subcuencas y microcuencas donde ocurren los procesos ecológicos y
socioculturales. Entre sus objetivos, señala fomentar la participación
ciudadana
a los efectos de tomar decisiones coordinadas con el objeto de lograr
un manejo
efectivo del recurso natural, cultural y económico de las cuencas
hidrográficas; impulsar la protección del ambiente, las cuencas
hídricas y de
los corredores de biodiversidad que vinculen las áreas naturales
protegidas de
la región y estudiar las causas y efectos de los problemas ambientales
en las
cuencas hidrográficas, la calidad del agua y el abastecimiento en las
comunidades de cada cuenca. En su art. 4 establece la obligación del
Poder
Ejecutivo de procurar alcanzar acuerdos con los países limítrofes,
organismos e
instituciones públicas o privadas, internacionales, nacionales y
provinciales
para la implementación de acciones conjuntas en la conservación y
aprovechamiento
sostenible del ecosistema regional y el desarrollo estratégico,
económico,
social de las actividades científicas, técnicas y productivas en las
cuencas
hidrográficas fronterizas y transfronterizas. Se crea el Fondo de
Gestión
integrada de Cuencas Hidrográficas a fin de promover y financiar las
actividades necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la
presente
ley. Asimismo, en los arts. 6 y 9, se crean el Consejo Provincial de
Gestión
Integrada de Cuencas Hidrográficas y los Comités de Gestión de Cuencas
Hidrográficas co el objetivo de favorecer la provisión de bienes y
servicios
ambientales y el desarrollo sostenible en cada una de las cuencas
hidrográficas.
La autoridad de
aplicación es el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables
de la
Provincia (art. 5).
Publicada en el
Boletín Oficial el 6/07/2022.
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